¿Qué es la intimación de pago de pensión alimenticia?
La intimación de pago de pensión alimenticia es el trámite tendiente a cobrar las pensiones alimenticias que no se pagaron por varios meses o años. Es un paso previo a otras acciones más contundentes (como el embargo). La obligación alimentaria debe estar establecida judicialmente y que no se haya recibido el pago para que se pueda intimar el pago de la deuda.
Particularidades de este trámite:
Puede realizarse por la madre o padre que ejerce la tenencia y administra la pensión o por el hijo mayor de 18 años y menor de 21 al que se le debe pensión.
¿Qué incluyen los honorarios?
- Cálculo de la pensión debida.
- Pedido de información sobre ingresos del obligado.
- Redacción del escrito de intimación.
- Gestoría y procuración en el Juzgado por un periodo de 3 meses.
¿Qué no incluyen en los honorarios?
No se incluye en los honorarios los gastos de:
- Timbres Judiciales y Profesionales para el trámite.
- Fotocopias.
- No incluye escritos externos a la intimación como por ejemplo: el de solicitud de cobro actual de pensión, inscripción en RENOA o el de recurso, así como el de cualquier otro que genere un expediente diferente o instancia separada del principal.
- Audiencias que se generen por la presentación de la intimación o por lo establecido en el punto anterior.
Gastos judiciales para la parte actora:
- Timbre profesional de $ 34 (valor fijado para el año 2022) por cada escrito de presentación y para audiencias.
- Está exonerado de Timbres de Vicésima, Impuesto Judicial y Tasa Judicial para el caso del que solicita alimentos.
- Se aplica art. 155 del Código Civil, Ley 17.738, art. 71 apartado B y art. 9 del Decreto Reglamentario 67/005 para el caso de la exoneración del impuesto de Vicésima. Ley 16.134, artículo 93, Ley 16.226 art. 336 y 340 y Ley 16.320 artículo 382 para el Impuesto Judicial. Ley 16.462, art. 149 y Ley 16.320 artículo 364 para la Tasa Judicial.
- No obstante hay que tener presente que algunas Seden exigen tributación para este trámite de intimación de pago.
Otras situaciones y servicios relacionados:
Si ya tiene una pensión alimenticia fijada judicialmente y le incumplen en el pago podría necesitar modificar (aumentar o disminuir) el monto de pensión o trabar embargo en bienes y derechos del obligado para obtener el pago. En ese caso le recomiendo alguno de estos trámites:
- Reducción de pensión alimenticia.
- Modificación de convenio familiar.
- Aumento de pensión alimenticia.
- Embargo por deuda de pensión alimenticia.
Le pueden interesar estos artículos del Blog:
Pensión alimenticia en Uruguay
Obligación de presentar declaración jurada de bienes para el deudor de alimentos
Preguntas sobre pensión alimenticia
Pida un presupuesto:
Puede comunicarse por WhatsApp al 098 849 131, por correo electrónico a info@bgd.com.uy o través del siguiente formulario de contacto y hacer todas las consultas necesarias para esta contratación o solicitar presupuesto.