¿Qué es el juicio de visitas?
Es un proceso judicial que consiste en establecer un régimen de visitas en favor de un menor de edad. Lo puede solicitar el padre, la madre u otros familiares como por ejemplo, los abuelos. El juicio de visitas de menores se presenta ante el Juzgado de Familia del domicilio del niño, niña o adolescente. Todo niño y adolescente tiene derecho a mantener el vínculo con sus padres, abuelos y demás familiares, en consecuencia a un régimen de visitas con los mismos. Este derecho no está relacionado al pago de pensión alimenticia.
Este trámite será necesario siempre que no se logre un acuerdo entre ambos padres. A falta de acuerdo, se deberá iniciar el juicio de visitas de menores para que el Juez de Familia decida.
Particularidades en este proceso:
Una de las particularidades en este proceso es la demora en establecer un régimen de visitas y la negativa por parte de los juzgados de familia de establecer visitas provisorias.
¿Qué incluyen los honorarios?
- Gestión del expediente en el Juzgado competente por un periodo de 8 meses (estimativo de demora).
- Escrito de demanda de visitas o de contestación en su caso.
- Procuración del expediente (web y presencial) por un periodo de 8 meses desde el inicio del trámite.
- Asistencia a tres audiencias: preliminar, alegatos y sentencia.
- Cuatro consultas on line para el expediente en curso.
- Seguimiento e informe de avance de asuntos semanalmente y on line para el cliente.
- Entrega de testimonio de sentencia o convenio de visitas.
¿Qué no incluyen en los honorarios?
No se incluye en los honorarios los gastos de:
- Timbres Judiciales y Profesionales para el trámite.
- Fotocopias.
- Partidas del Registro de Estado Civil y gestoría para su obtención.
- No incluye escritos externos al juicio como por ejemplo: el de recursos, contestación a los mismos, intimaciones o cualquier otro que genere un expediente diferente o instancia separada del principal.
- Audiencias que se generen por lo establecido en el punto anterior o que superen de las incluidas en el trámite.
Gastos judiciales para la parte actora y demandada:
- Timbre de Vicésima $775 (valor para año 2022).
- Impuesto judicial $634 (valor para primer semestre del año 2022)
- Tasa Judicial $579 (valor para el primer semestre del año 2022)
- Timbre profesional valor $210 (valor para el primer semestre del año 2022)
- Timbres de audiencia preliminar (Impuesto Judicial más timbre profesional).
Otras situaciones y servicios relacionados:
Si ya tiene una pensión alimenticia fijada judicialmente puede necesitar modificar (aumentar o disminuir) el monto de pensión. Cesar la obligación o intimar el pago de pensiones adeudadas. En ese caso observe los siguientes trámites:
- Reducción de pensión alimenticia.
- Cese de pensión alimenticia
- Modificación de convenio familiar.
- Aumento de pensión alimenticia.
- Intimación de pago de pensión alimenticia atrasada.
- Rendición de cuentas de pensión alimenticia.
- Embargo por deuda de pensión alimenticia.
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