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Guía para el Juicio de Visitas: Proceso y estructura del escrito de demanda

El juicio de visitas es un proceso judicial vital que busca establecer un régimen de visitas en beneficio del vínculo entre madre o padre e hijo cuando el otro progenitor, no permite un contacto adecuado. Este proceso está regulado por los artículos 38 a 44 del Código de la Niñez y de la Adolescencia, así como por la Constitución de la República, el Código Civil y el Código General del Proceso.

Estructura del escrito de demanda:

1. Capítulo de antecedentes:

  • Descripción del origen de la relación entre los padres, incluyendo si están casados, el nacimiento de los hijos y la situación al momento de la separación.
  • Información sobre algún régimen de visitas previo (si existió).
  • Descripción de la situación actual de contacto con el hijo.

2. Capítulo de visitas solicitadas:

  • Detalle del régimen de visitas solicitado, centrados en el beneficio del hijo.
  • Consideración de situaciones especiales como: visitas internacionales, comunicación telemáticas e internaciones.

3. Capítulo de pruebas:

  • Presentación de elementos de prueba, incluyendo testimonio de testigos (con detalles de nombre, edad, profesión y domicilio), pruebas documentales como partidas de nacimiento y matrimonio, así como pruebas por oficios solicitadas a instituciones pertinentes.

4. Capítulo de derechos:

  • Fundamentos legales que respaldan la solicitud de visitas. Esta sección es preparada por el abogado en base a su conocimiento legal.

5. Presentación y notificación:

  • Una vez finalizado el escrito de demanda, se firma por el interesado y el abogado, se adhieren timbres judiciales (ver publicación de gastos en demanda de visitas) y se presenta al juzgado. La otra parte será notificada y tendrá 30 días para contestar la demanda.

6. Contestación de la demanda:

  • La otra parte tiene derecho a contestar a la demanda, pudiendo oponerse al régimen solicitado y argumentar su posición.

7. Audiencias:

  • Audiencia Preliminar: El Juez fija el objeto del proceso y de la prueba. Se escuchan a los testigos y se puede programar una audiencia complementaria.
  • Audiencia de Alegatos: Los abogados resumen el juicio, estableciendo lo demostrado y lo no demostrado por ambas partes.

8. Sentencia:

  • El Juez dicta sentencia, que puede hacer lugar a la demanda estableciendo el régimen de visitas solicitado, rechazar en parte y establecer un régimen diferente, o rechazar la solicitud con fundamentos sólidos.

Recuerda que este proceso es vital para proteger el vínculo entre progenitores e hijos. Si necesitas ayuda adicional o tienes preguntas específicas, no dudes en consultarnos. La dedicación y determinación son cruciales para asegurar el mejor interés del niño en estas situaciones.

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