Mediante este trámite podrá denunciar judicialmente la violencia, de cualquier tipo, que ejerce una persona sobre otra. Podrá también solicitar medidas cautelares.
La violencia doméstica es toda acción u omisión, directa o indirecta que por cualquier medio limite o menoscabe el libre ejercicio de los derechos de otra persona.
Abofetear, empujar, tirar del cabello, lanzar un objeto, golpear, patear, morder, arrastrar, amenazar o atacar con un cuchillo u otra arma. Asfixiar o quemar. Así como cualquier otra forma de violencia física no mencionada.
Insultar, menospreciar, humillar. Asustar o intimidar. Amenazar con herir a la víctima o una persona cercana a ella. Celar o realizar acusaciones de infidelidad. Monitorear su paradero o interacciones sociales. Aislar o impedir que vea a familiares o amigos. Controlar el acceso a la salud, a la educación o al mercado de trabajo. Ignorar o tratar con indiferencia. Así como otras formas de violencia psicológica.
Someter a otros a actos sexuales sin consentimiento y/o bajo amenaza. Violar. Intentar violar. Así como otras formas de violencia sexual.
Sustraer o dañar objetos personales. Negarle el acceso a los recursos financieros, propiedad u otros bienes. No cumplir con las responsabilidades económicas como la pensión alimenticia o el apoyo económico deliberadamente. También el negar la participación en decisiones importantes de carácter financiero. Así como otras formas de violencia patrimonial.
De 6 a 8 meses.
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